Delimitación de las Unidades de Gestión Ambiental en Escuinapa
En el artículo 3, fracción XVII del Reglamento de la LGEEPA en materia de ordenamiento ecológico, se define al modelo de ordenamiento ecológico como la representación, en un Sistema de Información Geográfica, de las unidades de gestión ambiental (UGA) y sus respectivos lineamientos ecológicos. A su vez, en el mismo artículo, en la fracción XXVII se describe a una UGA como la unidad mínima del territorio a la que se asignan determinados lineamientos y estrategias ecológicas; en la fracción XVI un lineamiento ecológico es identificado como meta o enunciado general que refleja el estado deseable de una UGA; y en la fracción XII se define a la estrategia ecológica como la integración de los objetivos específicos, las acciones, los proyectos, los programas y los responsables de su realización dirigida al logro de los lineamientos ecológicos aplicables en el área de estudio. Por su parte, el Manual del proceso de ordenamiento ecológico establece que, los usos compatibles, son las actividades que se desarrollan de manera simultánea a las propuestas por el ordenamiento ecológico y a los usos incompatibles los señala como las actividades que generan conflicto ambiental o sectorial. Finalmente, el mismo manual define a los criterios de regulación económica como aspectos específicos que norman de manera fundada y motivada, los diversos usos de suelo a nivel de las UGA.
La ilustración muestra esquemáticamente una simplificación de los enunciados anteriores. Por ejemplo, la unidad de gestión ambiental fue determinada por el análisis de 20 variables que caracterizan elementos comunes al interior de ese polígono. Con esa información, se determina que es necesaria la aplicación de una política ambiental de restauración. Para ello, se define un lineamiento ecológico que establece en tiempo y espacio la expresión de la restauración.
Este lineamiento se logrará mediante la ejecución de una estrategia ecológica compuesta por dos objetivos. Cada uno de ellos define acciones específicas y mesurables, con actores específicos que las ejecutarán. En cada UGA se definen los usos compatibles e incompatibles. Por su parte en la UGA A, las 20 variables analizadas describen la necesidad de aplicar una política ambiental de protección, para lo cual se diseña un lineamiento ecológico que establece en tiempo y en espacio el propósito de la política de protección. En este ejemplo, la consecución del lineamiento se logrará con la ejecución de una estrategia ecológica sustentada en tres objetivos con sus respectivas acciones y ejecutores. Así, la suma total de las UGA que se han delimitado deberá cubrir el 100% del territorio menos la superficie destinada a fines urbanos, mediante los instrumentos de regulación decretados para tal efecto.
Metodología para la integración de las UGA
La siguiente ilustración resume la secuencia seguida para la conformación del modelo de ordenamiento ecológico del municipio de Escuinapa.
El resultado del proceso descrito fue la conformación de un modelo con 29 unidades de gestión ambiental, que cumplen con el parámetro de delimitación por topoforma y microcuenca. Para asegurar que el modelo captara el funcionamiento ecosistémico, y evitar la fragmentación de usos similares de los aprovechamientos agropecuarios, se agregó un criterio de delimitación basado en la calidad ecosistémica de las regiones, y el uso actual para las actividades agropecuarias y urbanas.
El modelo de ordenamiento ecológico propone el establecimiento de las 29 unidades de gestión ambiental, en más de 150 mil hectáreas, que equivalen al 96.70% del total del territorio municipal. El restante 3.30% de territorio, se encuentra regulado por los planes urbanos referidos en el párrafo anterior. La siguiente tabla presenta la desagregación de la superficie del municipio de Escuinapa, según el instrumento de política ambiental. En el primer caso, se especifican las políticas ambientales del modelo de ordenamiento y en la segunda sección el nombre del instrumento de planeación urbana.
Instrumento | Política | Suma de UGA | Área [ha] |
Área [Km2] |
Porcentaje [%] |
---|---|---|---|---|---|
Modelo de Ordenamiento Ecológico | Aprovechamiento | 15 | 56,830.05 | 568.30 | 36.58 |
Conservación | 3 | 29,734.99 | 297.35 | 19.14 | |
Protección | 6 | 46,480.74 | 464.81 | 29.92 | |
Restauración | 5 | 17,189.78 | 171.90 | 11.06 | |
Subtotal | 29 | 150,235.56 | 1,502.36 | 96.70 | |
Planes Directores y PMODTU |
Cabecera | 1 | 1,078.43 | 10.78 | 0.69 |
Sindicaturas (4) | 853.02 | 8.53 | 0.55 | ||
Comisarías (16) | 746.10 | 7.46 | 0.48 | ||
CIP | 2,381.24 | 23.81 | 1.57 | ||
Playa Espíritu | 64.22 | 0.64 | |||
Subtotal | 5,123.01 | 51.22 | 3.30 | ||
Total | 30 | 155,358.57 | 1,553.58 |
Las fichas de cada una de las 29 unidades de gestión ambiental tienen la siguiente estructura:
- Croquis de ubicación y mapa de la UGA con base en la fotografía satelital. Se especifica la superficie, la cobertura de uso de suelo y vegetación, los tipos de suelo, la cota de elevación, las localidades urbanas y rurales y sitios importantes, la población, los ejidos, las especies identificadas, las corrientes permanentes, el acuífero con su respectiva disponibilidad y la proporción de la UGA dentro del mismo, las designaciones nacionales e internacionales para la conservación, así como la política ambiental propuesta para dicha UGA.
- Se especifica el tablero de aptitudes para los sectores participantes en los diferentes talleres de planeación participativa, en un arreglo de cinco categorías, que especifica en hectáreas y porcentajes la aptitud muy baja, baja, media, alta y muy alta.
- Se describen los conflictos identificados en las etapas de caracterización y diagnóstico.
- El lineamiento ecológico.
- La estrategia ecológica especificando objetivos, responsables de ejecución y programas asociados para su cumplimiento.
- Los usos actuales, compatibles, incompatibles y condicionados.
- Los criterios de regulación ecológica.
Relación de UGA
UGA | Nombre | Política Ambiental | Uso Predominante | Superficie [ha] |
Superficie [Km2] |
Superficie [%] |
Ficha |
01 | La Tinaja | Protección | Conservación | 7,941.56 | 79.42 | 5.11 | |
02 | El Filo | Aprovechamiento | Agricultura | 2,389.06 | 23.89 | 1.54 | |
03 | Laguna Los Cerritos | Restauración | Acuicultura | 816.66 | 8.17 | 0.53 | |
04 | Cerritos Poniente | Restauración | Conservación | 2,148.26 | 21.48 | 1.38 | |
05 | Estero Los Cerritos | Aprovechamiento | Ganadería | 553.20 | 5.53 | 0.36 | |
06 | La Estancia | Aprovechamiento | Agricultura | 869.80 | 8.70 | 0.56 | |
07 | Baluarte | Conservación | Conservación | 10,599.55 | 106.00 | 6.82 | |
08 | El Capomo | Protección | Conservación | 3,146.81 | 31.47 | 2.03 | |
09 | Agrícola Escuinapa | Aprovechamiento | Agricultura | 14,131.11 | 141.31 | 9.10 | |
10 | Escuinapa Norte | Restauración | Conservación | 1,710.01 | 17.10 | 1.10 | |
11 | Echegareña | Aprovechamiento | Acuicultura | 1,115.34 | 11.15 | 0.72 | |
12 | Laguna Grande | Restauración | Conservación | 11,190.23 | 111.90 | 7.20 | |
13 | Cerro Las Cabras | Protección | Conservación | 625.01 | 6.25 | 0.40 | |
14 | Las Pilas de La Estancia | Aprovechamiento | Ganadería | 604.84 | 6.05 | 0.39 | |
15 | Cañas 1 | Conservación | Conservación | 14,602.89 | 146.03 | 9.40 | |
16 | Agostadero | Protección | Conservación | 7,042.23 | 70.42 | 4.53 | |
17 | San Lorenzo | Aprovechamiento | Agricultura | 3,961.31 | 39.61 | 2.55 | |
18 | La Campana | Aprovechamiento | Agricultura | 6,837.10 | 68.37 | 4.40 | |
19 | Agua Zarca | Restauración | Ganadería | 1,324.62 | 13.25 | 0.85 | |
20 | Isla del Bosque | Aprovechamiento | Agricultura | 14,247.87 | 142.48 | 9.17 | |
21 | Paraíso | Aprovechamiento | Agricultura | 1,926.38 | 19.26 | 1.24 | |
22 | La Ceiba | Aprovechamiento | Agricultura | 1,641.82 | 16.42 | 1.06 | |
23 | La Punta | Protección | Conservación | 3,822.97 | 38.23 | 2.46 | |
24 | Valle de La Urraca | Aprovechamiento | Conservación | 464.36 | 4.64 | 0.30 | |
25 | Arenitas | Conservación | Conservación | 4,532.54 | 45.33 | 2.92 | |
26 | Cañas 2 | Aprovechamiento | Agricultura | 5,910.49 | 59.10 | 3.80 | |
27 | La Tambora | Aprovechamiento | Agricultura | 402.18 | 4.02 | 0.26 | |
28 | Teacapán | Aprovechamiento | Agricultura | 1,775.17 | 17.75 | 1.14 | |
29 | Marismas Nacionales | Protección | Conservación | 23,902.17 | 239.02 | 15.39 | |
30 | Asentamientos Humanos | Aprovechamiento | Asentamientos Humanos | 5,123.01 | 51.23 | 3.30 |